El pasado 29 de abril, el Tribunal de Apelaciones de Londres (División Civil), emitió una sentencia que refleja la importancia de la sede arbitral y los principios para determinar la ley aplicable al acuerdo de arbitraje cuando las partes hayan omitido esta previsión contractual. Al mismo tiempo, la sentencia demuestra la relevancia de la redacción correcta e inequívoca de la cláusula arbitral y de ley aplicable, tanto al contrato principal, como al acuerdo de arbitraje.

El asunto en cuestión derivó de un contrato de construcción de una planta de energía en Rusia, celebrado entre la compañía de construcción turca Enka y la empresa rusa Chubb. En el contrato, las partes determinaron con claridad, la sumisión a arbitraje ante la Cámara de Comercio Internacional (CCI), fijando la sede arbitral en Londres.

Sin embargo, no determinaron de forma precisa, la ley aplicable al contrato, y tampoco establecieron la ley aplicable al acuerdo arbitral.

Suscitada la controversia contractual, la compañía rusa, inició un procedimiento judicial en su país, atribuyendo responsabilidades a Enka por una ejecución defectuosa de la construcción, que derivó en un incendio en la planta de energía. Frente a la demanda, Enka acudió a los tribunales ingleses, para solicitar una medida anti-proceso judicial o (anti-suit injuction), que prohíba continuar el procedimiento judicial en Rusia, por existir una sumisión expresa a arbitraje pactada entre las partes.

En primera instancia, el juez inglés consideró que carecía de jurisdicción para pronunciarse sobre el procedimiento instaurado en Rusia y la ley aplicable al convenio arbitral, por lo que desestimó la solicitud de Enka. Ante la decisión, Enka recurrió a la Corte de Apelaciones de Londres, que en primer lugar se manifestó sobre la jurisdicción, y determinó:

  • El razonamiento del juez de primera instancia no es correcto, al concluir que carece de jurisdicción para decidir si el procedimiento judicial iniciado en Rusia constituye un quebrantamiento del acuerdo de arbitraje.
  • La potestad para pronunciarse sobre la cuestión viene otorgada por las partes, al haber fijado la sede del arbitraje en Londres.
  • En este caso, los tribunales ingleses están habilitados para emitir la medida anti- proceso judicial (anti-suit injuction), por el quebrantamiento de la cláusula arbitral.

Tras el pronunciamiento, la Corte de Apelaciones aclaró los principios para establecer la ley aplicable al acuerdo de arbitraje, ante la falta de previsión contractual, de acuerdo con el siguiente esquema lógico:

  1. ¿Existe una previsión expresa de ley aplicable al contrato?
  2. En su defecto; ¿existe una previsión implícita de ley aplicable?
  3. De lo contrario; ¿Qué sistema legal guarda mayor conexión con el acuerdo de arbitraje?

La Corte de Apelaciones señaló que una determinación expresa de la ley aplicable al contrato puede determinar la ley aplicable al acuerdo de arbitraje. No obstante, debe realizarse un análisis integral de las previsiones contractuales, incluyendo las estipulaciones del convenio arbitral, conforme a los principios generales de la contratación, en caso de ser diferentes al derecho inglés.

Más allá del razonamiento previo, la Corte de Apelaciones señaló que existe una presunción implícita relevante, sobre la ley aplicable al convenio arbitral cuando las partes eligen la sede del arbitraje.

Finalmente, en aplicación de los principios citados, la Corte de Apelaciones concedió la medida anti-proceso judicial (anti-suit injunction) y determinó que la empresa rusa actuó en contravención al acuerdo de arbitraje, cuya ley aplicable debe ser el derecho inglés por haberse fijado la sede del arbitraje en Londres.

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JM Beneyto & Asociados                                     

 H.C. 5/2020                                                                                                                               

 Las ideas expresadas tienen carácter meramente informativo y no comportan asesoramiento legal, ni opinión oficial de la firma y sus abogados.

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