En consonancia con la declaración de la Comisión Europea de 15 y 16 de febrero de 2019, el pasado día 5 de mayo veintitrés Estados miembros de la Unión Europea firmaron un acuerdo para la terminación de los Tratados Bilaterales de Inversión intracomunitarios.
El acuerdo implementa la sentencia del caso Achmea del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mediante la cual se determinó que las cláusulas de arbitraje Inversor-Estado en Tratados Bilaterales de Inversión dentro de la UE, son incompatibles con el Derecho Comunitario Europeo. En resumen, el acuerdo dispone:
- La terminación de los Tratados Bilaterales de Inversión intracomunitarios enumerados en el Anexo A (lista de tratados intra-UE).
- Que las cláusulas de ultractividad de los tratados contenidos en los Anexos A y B del acuerdo quedan terminadas y no producirán efectos legales.
- Que las partes del acuerdo confirman que las cláusulas de arbitraje de estos BITs son contrarias a los tratados de la Unión Europea y, por lo tanto, no son aplicables.
- Que las cláusulas de arbitraje no pueden servir de base legal para nuevos procedimientos arbitrales entre Estados miembros de la UE.
- Que el acuerdo no afectará a los procedimientos de arbitraje concluidos, y dichos procedimientos no se reabrirán.
- Que se garantiza el acceso a las cortes judiciales nacionales en caso de conflictos relativos a inversiones.
- Se detalla un procedimiento de dialogo estructurado para procedimientos arbitrales pendientes.
El acuerdo se encuentra sujeto a ratificación, aprobación y aceptación por parte de los Estados y entrará en vigor en 30 días después de la fecha de depósito del segundo instrumento de confirmación.
JM Beneyto & Asociados
Las ideas expresadas tienen mero carácter informativo y no comportan asesoramiento legal, ni opinión oficial de la firma y sus abogados.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!